Europa lleva años advirtiendo que despedir en España es un chollo. Ahora el Congreso mueve ficha con el "despido restaurativo"

Europa lleva años advirtiendo que despedir en España es un chollo. Ahora el Congreso mueve ficha con el "despido restaurativo"

El despido improcedente en España es un chollo para las empresas. Al menos eso es lo que el Comité Europeo de Derechos Sociales (CEDS), dependiente del Consejo de Europa, lleva años diciéndole a España. Durante todo este tiempo, el Gobierno ha hecho oídos sordos a las recomendaciones de Bruselas.

Sin embargo, un giro inesperado provocado por el error de un diputado del Partido Popular durante una votación en el Congreso ha permitido que prospere una Proposición no de ley (PNL) de Sumar, que insta al Gobierno a presentar un proyecto de reforma de las leyes que impiden aplicar el despido restaurativo que Europa ha pedido por activa y por pasiva.

Europa lleva avisando desde 2021. Cuando España ratificó en 2021 la Carta Social Europea, asumió el compromiso de armonizar su legislación laboral con sus principios. Desde entonces, el Comité Europeo de Derechos Sociales (CEDS), órgano consultivo del Consejo de Europa, ha reiterado que el sistema español, basado en un cálculo fijo de 33 días por año trabajado y un máximo de 24 meses, no cumple con los criterios de dicho compromiso.

El problema es que la Carta Social Europea es un pliego de directrices, pero no tiene carácter vinculante, y el CEDS es un órgano consultivo, por lo que no puede exigir modificaciones legislativas a España. Sus resoluciones son recomendaciones, valiosas desde el punto de vista jurídico y político, pero sin fuerza ejecutiva. Esa falta de obligatoriedad ha permitido a España postergar unas reformas que cambiarían la forma de calcular las indemnizaciones a los empleados por despido improcedente.

La piedra angular: el artículo 24. El punto de mayor fricción para acometer las reformas lo encontramos en el artículo 24 de la Carta Social Europea. En él se exige "el derecho de los trabajadores despedidos sin razón válida [despido improcedente] a una indemnización adecuada o a otra reparación apropiada".

Eso implica garantizar que las indemnizaciones a los empleados por despido improcedente deben ser "adecuadas y disuasorias". Algo que, como norma general, no se da en el sistema de indemnizaciones fijas que se aplican en la actualidad en todos los procesos judiciales por despido improcedente.

Esta vez la petición no han venido de Europa. Pese a haber dictado distintas resoluciones y peticiones, nada ha cambiado en la postura de Europa, ni ha ganado poder para obligar a España a implementar los cambios legislativos. Sin embargo, lo que sí ha cambiado es la política interna.

En septiembre, una Proposición No de Ley impulsada por Sumar consiguió salir adelante gracias al error de voto de un diputado del PP, repitiendo la escena que en 2022 permitió aprobar la reforma laboral. Esta PNL no modifica la ley en sí misma, pero sí insta al Gobierno a iniciar el proceso legislativo para adaptar la normativa al marco europeo.

Esto implica la apertura de una mesa de diálogo social con sindicatos y patronales y, posteriormente, la elaboración de un proyecto de ley que deberá volver al Congreso para someterse a votación. La reforma de la normativa para legislar los despidos improcedentes, por tanto, está todavía muy lejos, pero por primera vez el Ejecutivo está obligado a ponerla sobre la mesa.

"Despido restaurativo" no es un tipo de despido. Entre todas las recomendaciones del CEDS, ninguna ha generado tanto debate como el llamado despido restaurativo. La denominación puede llevar a confusión: no se trata de una nueva categoría de despido como el disciplinario, el nulo o el improcedente, sino que se refiere a una propuesta para transformar cómo se calculan las indemnizaciones cuando un despido es declarado improcedente.

Europa considera que el actual sistema español es demasiado predecible y, en muchos casos, insuficiente. El resultado es que las empresas pueden tratar el despido improcedente como un coste más o menos fácil de asumir y elegir a qué empleados o a cuantos despedir en función del coste de la operación. El despido restaurativo hace que ese cálculo varíe de un empleado a otro y queda bajo el único criterio de un juez, lo que impediría a las empresas calcular de antemano el coste final del despido.

En qué consiste el despido restaurativo. Como indica su nombre, el despido restaurativo es un modelo que busca individualizar la indemnización por despido al daño específico que este provoque en el empleado despedido, en lugar de un cálculo automático basado en días por año trabajado.

Los jueces podrían valorar factores específicos de cada caso teniendo en cuenta factores como la edad y situación social del trabajador, probabilidades reales de reincorporarse al mercado laboral, impacto económico y personal del despido o tamaño, solvencia o capacidad económica de la empresa que despide.

En base a estos factores, por ejemplo, un trabajador de 60 años con hijos y uno de 24 años soltero que fueran despedidos por la misma empresa en puestos similares, obtendrían indemnizaciones diferentes porque, estadísticamente, el más veterano tendría menos probabilidades de reincorporarse al mercado laboral que el joven. Europa entiende que esta flexibilidad es esencial para reparar el daño real del despido y para actuar como mecanismo preventivo.

Disuasión, protección y menos cálculo empresarial.  El objetivo del despido restaurativo no es solo compensar mejor al trabajador en función del impacto ocasionado, sino desincentivar el recurso del despido improcedente y que, si las empresas realmente tienen problemas económicos que justifiquen los despidos, lo hagan mediante despidos por causas objetivas.

Si el coste deja de ser previsible, la empresa pierde la capacidad de hacer cálculos de rentabilidad. Esta medida de protección afecta especialmente a colectivos precarizados que, por su bajo salario o su corta antigüedad, resultan muy baratos de despedir: jóvenes, mujeres y trabajadores precarios.

Además, Europa insiste en que la readmisión tras un despido improcedente debe dejar de ser opcional para la empresa como lo es en la actualidad, y debe convertirse en una posibilidad real impuesta por el tribunal cuando resulte adecuada. La restauración, en este sentido, no es solo económica, sino también laboral.

La justicia tiene las manos atadas. Pese a la insistencia de Europa, los tribunales españoles han rechazado imponer indemnizaciones superiores a las del baremo vigente recogido en el artículo 56 del Estatuto de los Trabajadores.

El motivo no era falta de voluntad judicial, sino la ausencia de un marco legal que permitiera establecer compensaciones adicionales sin generar inseguridad jurídica.

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Imagen | Unsplash (Syd Mills)

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Fuente: Xataka
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