Etiquetas de la DGT: cuál me corresponde y qué ventajas o restricciones me encontraré

Etiquetas de la DGT: cuál me corresponde y qué ventajas o restricciones me encontraré

El año 2022 llega con importantes novedades en materia de movilidad en nuestro país. Pese a que algunas ciudades españolas como Madrid o Barcelona ya tienen sus propias Zonas de Bajas Emisiones, antes de 2023 todas las urbes con más de 50.000 habitantes están obligadas a contar con un plan anticontaminación, un proyecto que llega de la mano de la nueva Ley de Cambio Climático y en el que serán esenciales las pegatinas o etiquetas de la DGT.

El distintivo medioambiental de la DGT está siendo clave a la hora de establecer las restricciones a las que cada cual se enfrenta. En Madrid, los coches sin etiqueta han sido expulsados del centro histórico de la capital y en Barcelona se enfrentan a importantes restricciones para moverse. Pero, incluso aquellos automóviles que cuentan con pegatinas B y C tienen que tener en cuenta algunas limitaciones.

La clasificación por etiquetas de la DGT

A la hora de establecer una clasificación medioambiental, la DGT ha recurrido a las normativas europeas anticontaminación a las que se han tenido que ir enfrentando los fabricantes en los últimos años o a las tecnologías que mueven a los vehículos. En resumen, la clasificación de la DGT ha quedado de la siguiente manera:

Distintivos Emisiones Dgt
  • Sin etiqueta: Todos aquellos gasolina anteriores al año 2001 o que no cumplen con Euro III. Todos los diésel anteriores a 2006 o que no cumplen Euro IV.
  • Etiqueta B: Todos los gasolina matriculados a partir del 1 de enero de 2001 o que cumplen con Euro III. Todos los diésel matriculados a partir del 1 de enero de 2006 o que cumplen Euro IV y Euro V.
  • Etiqueta C: Todos los gasolina matriculados a partir del 1 de enero de 2006 o que cumplen Euro IV, Euro V o Euro VI. Todos los diésel matriculados a partir del 1 de septiembre de 2015 o que cumplen Euro VI.
  • Etiqueta ECO: Todos los vehículos híbridos o híbridos enchufables con autonomía eléctrica inferior a 40 kilómetros. Todos los vehículos impulsados por gas natural, gas natural comprimido (GNC) o gas licuado de petróleo (GLP) y que, además, cumplan con los requisitos de la etiqueta C.
  • Etiqueta Cero emisiones: Todos los vehículos electrificados con autonomía eléctrica superior a 40 kilómetros, ya sean eléctricos puros, híbridos enchufables o eléctricos de autonomía extendida. Todos los vehículos movidos por hidrógeno o de pila de combustible.

Qué ventajas tengo y a qué restricciones me enfrento

El 2022 será clave a la hora de confeccionar la movilidad del futuro en los 148 municipios españoles con más de 50.000 habitantes. El Gobierno ha dado manga ancha a los ayuntamientos para que sean ellos los que establezcan las Zonas de Bajas Emisiones que consideren oportunas, pero siempre con el objetivo de reducir emisiones. Hasta ahora, estas medidas han pasado por poner trabas a la circulación de los vehículos más contaminantes.

Actualmente, en Madrid los vehículos sin etiqueta no pueden circular por el interior de la M-30, a menos que sean residentes. Y en los planes a futuro, se plantea que, de manera gradual, todos los coches sin distintivo medioambiental hayan sido expulsados del municipio, pues no podrán circular por él, incluso siendo sus dueños residentes en la ciudad, a partir de 2025. Además, los vehículos con etiqueta C o B que quieran entrar al Distrito Centro (antes Madrid Central) tienen que estacionar en un aparcamiento. Los vehículos ECO y Cero emisiones sí pueden moverse por el interior de este espacio libremente, pero sólo pueden aparcar en la calle más de dos horas los clasificados como Cero emisiones. Además, tanto los ECO y los Cero emisiones tienen ventajas económicas a la hora de aparcar en un espacio de estacionamiento regulado. En caso de incumplir estas normas, la multa es de 90 euros por cada vez que se acceda irregularmente al área delimitada.

En Barcelona, la Zona de Bajas Emisiones coincide con el Área Metropolitana de la Ciudad Condal. Es decir, su extensión es de 95 km2, mientras que la de Distrito Centro en Madrid apenas se queda en 4,72 kilómetros. Sus restricciones son distintas y a pesar de que se quería restringir la circulación a todos los vehículos con etiqueta B, finalmente se mantiene la prohibición de moverse con automóviles sin distintivo durante los días laborables y en horario de 7:00h a 20:00h. En este 2022 se suman al espacio los municipios de Badalona y Santa Coloma de Gramanet. En el caso barcelonés, la multa es de 100 euros, pero en caso de no haber salido del área delimitada pasados 90 minutos, el municipio puede volver a sancionar al conductor.

En el resto de municipios españoles con más de 50.000 habitantes, aún no hay definidas restricciones permanentes a vehículos sin etiqueta y sólo se ponen en marcha en caso de que se apliquen protocolos anticontaminación temporales, pero la implantación de las nuevas Zonas de Bajas Emisiones plantea un escenario difícil para este tipo de vehículos.

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Fuente: Xataka
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